Ocupar tu casa habitual es allanamiento, no usurpación

Ocupar tu vivienda habitual es allanamiento de morada, un delito castigado con prisión; ocupar un inmueble que no es la morada de nadie, como muchas viviendas vacías, es usurpación, castigada con multa si no hay violencia. La diferencia no está en la palabra «okupa», sino en si la casa es o no la morada de alguien.
¿Te pueden ocupar tu vivienda habitual?
Entrar en ella o quedarse dentro contra tu voluntad es allanamiento de morada. El artículo 202 del Código Penal lo castiga con prisión de seis meses a dos años, y de uno a cuatro años si hay violencia o intimidación. Que estés de vacaciones o de viaje no le quita a tu casa la condición de morada.
En la práctica, ante un allanamiento la policía puede actuar de inmediato porque es un delito que se está cometiendo en ese momento. Por eso el tiempo de reacción importa tanto.
¿Y una segunda residencia o una vivienda vacía?
Si el inmueble no constituye morada, la ocupación sin autorización, o quedarse dentro contra la voluntad del titular, es usurpación. El artículo 245 la castiga con multa de tres a seis meses, y con prisión de uno a dos años cuando se emplea violencia o intimidación.
Si una segunda residencia es o no morada depende de cómo se use: la ley no da una lista, y en caso de duda conviene consultarlo con un abogado.
| Situación | Delito | Pena (Código Penal) |
|---|---|---|
| Entrar en la morada ajena | Allanamiento (art. 202) | Prisión de 6 meses a 2 años |
| Con violencia o intimidación | Allanamiento agravado | Prisión de 1 a 4 años |
| Ocupar un inmueble que no es morada | Usurpación (art. 245.2) | Multa de 3 a 6 meses |
Qué hacer si okupan tu casa
- No entres ni te enfrentes a quien esté dentro.
- Llama a la policía de tu zona o al 112 y explica si es tu vivienda habitual.
- Reúne pruebas de que es tu casa: escritura, recibos de suministros, empadronamiento.
- Denuncia y consulta con un abogado el procedimiento para recuperar la posesión.
💡 Consejo técnico: en una casa que pasa semanas vacía, activa la alarma con aviso a central también de día. Una ocupación se decide en las primeras horas, y lo que cuenta es que alguien llegue antes de que se instalen.
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